Fiscoactualidades 2020-82 Obligaciones de las personas morales de presentar aviso ante el SAT respecto de sus socios o accionistas


INTRODUCCIÓN

El artículo 27 del Código Fiscal de la Federación (CFF) que contempla obligaciones de los contribuyentes en materia del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) fue totalmente reformado con vigencia a partir del 1 de enero de 2020.

En la fracción II del apartado A el artículo 27 del CFF se estableció, como nueva obligación de las personas morales a partir de 2020, la de presentar un aviso en el RFC en el que informen el nombre y la clave de RFC de sus socios o accionistas cada vez que se modifique o se incorpore un nuevo socio o accionista, dicha obligación se describe en el apartado B fracción VI del artículo 27 del CFF.

El presente artículo tiene como finalidad analizar quiénes son los obligados a cumplir con la obligación antes referida, en qué consiste su cumplimiento y los efectos en el eventual caso de no cumplirla, conforme a lo dispuesto en el CFF y en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente en 2020 (RMF 2020).

COMENTARIOS RELATIVOS AL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR AVISO A QUE SE REFIERE EL APARTADO B FRACCIÓN VI DEL ARTÍCULO 27 DEL CFF

ANÁLISIS DE DISPOSICIONES LEGALES

El artículo 27 del CFF fue reformado en su totalidad en 2020, y ahora contiene cuatro apartados como sigue:

  1. Sujetos y sus obligaciones específicas.
  2. Catálogo general de obligaciones.
  3. Facultades de la autoridad fiscal.
  4. Casos especiales.

Por lo que se refiere a los sujetos que tienen ciertas obligaciones ante el RFC, me gustaría resaltar

los siguientes:

  1. Las personas físicas y morales que deban presentar declaraciones periódicas o deban expedir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) por actos o actividades que realicen o por los ingresos que perciban, tienen ciertas obligaciones registrales ante el RFC. Podría decirse que aquí se encuentran las personas físicas y morales que son contribuyentes de IVA, IEPS, ISAN y/o ISR, es decir, que se ubican en los supuestos o hipótesis legales para ser considerados sujetos pasivos de las contribuciones mencionadas (artículo 27 apartado A fracción I del CFF).

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23
jun
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